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Oferta de empleo público o instrumento análogo

Oferta de empleo público

Cada una de las administraciones actúa en cumplimiento de sus fines, con personalidad jurídica única. Por ello, y en función de sus necesidades, tienen competencias para planificar sus recursos humanos, ofertando las plazas necesarias y estableciendo los mecanismos de selección que consideren más idóneos para elegir a los candidatos, respetando siempre la normativa legal.

Las Administraciones Públicas seleccionan su personal de acuerdo con su oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición, en los que se garantizan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

La oferta de empleo público será aprobada, en su caso, por el Gobierno a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, y cuando existan necesidades urgentes de incorporaciones de personal, el Gobierno podrá aprobar ofertas de empleo público para ámbitos administrativos específicos (CCLL). La Oferta de Empleo Público, será aprobada en el primer trimestre de cada año. El objeto de dicha Oferta es solventar las necesidades de recursos humanos o personal que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existente.

Cada una de las administraciones actúa en cumplimiento de sus fines, con personalidad jurídica única. Por ello, y en función de sus necesidades, tienen competencias para planificar sus recursos humanos, ofertando las plazas necesarias y estableciendo los mecanismos de selección que consideren más idóneos para elegir a los candidatos, respetando siempre la normativa legal.

Las Administraciones Públicas seleccionan su personal de acuerdo con su oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición, en los que se garantizan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

OFERTA EMPLEO 2013 BOP 01 07 13.pdf

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2014- BOP.pdf